FIFA suspende a Li de por vida

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El directivo Eduardo Li, ex presidente de la Federación de Costa Rica, fue suspendido de por vida de toda actividad relacionada con el fútbol a nivel nacional e internacional. La Comisión de Ética de la Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA) sancionó a Li por su implicación en el mega-escándalo de corrupción que salpicó a numerosos directivos del continente en los últimos años, informa el sitio As.com de Madrid.
Li fue considerado culpable de haber violado varios artículos del código ético de la FIFA relacionados a las reglas generales de conducta, el conflicto de intereses y la corrupción. El directivo ya se había declarado culpable de diversos cargos en octubre del año pasado ante un tribunal de Nueva York tras ser extraditado de Suiza a Estados Unidos en diciembre de 2015, detalla el sitio.

Li aguarda sentencia en EE.UU.

La investigación

Las investigaciones contra Li y Brayan Jiménez, expresidente de la Federación de Fútbol de Guatemala, también involucrado en el escándalo, las llevó a cabo Cornel Borbély, presidente del órgano de instrucción de la Comisión de Ética y responsable de la investigación y se centraron en los supuestos pagos ilícitos que los dos funcionarios recibieron de empresas de mercadeo deportivo, dice el sitio oficial es.Fifa.com.

En este sentido, añade dicho sitio, el 29 de julio de 2016, Jiménez se declaró culpable de un cargo de asociación ilícita y de dos cargos de asociación para cometer delito informático ante el Tribunal Federal de Brooklyn en Nueva York. El 7 de octubre de 2016, Li también se declaró culpable de un cargo de asociación ilícita, de un cargo de delito informático y de un cargo de asociación para cometer delito informático ante el mismo tribunal.

En sus informes finales, trasladados al órgano de decisión el 8 de febrero pasado, Borbély recomienda que se imponga tanto a Li como a Jiménez la prohibición de por vida de participar en actividades relacionadas con el fútbol —administrativas, deportivas o de otra índole—, a raíz de su presunta violación de los artículos 13 (reglas generales de conducta), 15 (lealtad), 18 (obligación de denunciar, cooperar y rendir cuentas), 19 (conflicto de intereses) y 21 (cohecho y corrupción) del Código Ético de la FIFA.

En el curso del procedimiento, Li y Jiménez tenían derecho a presentar alegaciones y pruebas en relación con los respectivos informes finales del órgano de instrucción al amparo del art. 70 del Código Ético de la FIFA y asimismo podrán pedir audiencia (v. art. 74, apdo. 2 del mismo ordenamiento), según Fifa.com.

Ver As.com, Madrid

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