Edgar Fonseca, editor PuroPeriodismo.com
La Fiscalía General de la República no estima necesario indagar al expresidente Oscar Arias por el polémico caso de la minera Crucitas, por el cual fue condenado a tres años de prisión el exministro de Ambiente, Roberto Dobles.
Así lo confirmó Tatiana Vargas Vindas, portavoz del Ministerio Público la tarde del viernes anterior a consultas del periodista Edgar Fonseca.
Vargas dijo que la Fiscalía calificó, además, como “altamente irregular” la decisión de dos jueces del Tribunal Penal de Guadalupe que anularon la causa Crucitas y abrieron la posibilidad de llamar a indagatoria al exmandatario.
La Procuraduría General de la República ratificó que Arias no figura como imputado en la querella y considera “erróneo” lo dispuesto por los dos jueces.
La Procuraduría confirmó que contra Arias hubo una investigación pero el Ministerio Público, por “falta de pruebas”, pidió, en su oportunidad, la desestimación la que fue acogida por el Juzgado Penal.
El caso Crucitas se remite a la frustrada operación de una minera canadiense en Crucitas, Cutris de San Carlos, frontera norte. El Tribunal Penal de Hacienda declaró ilegal dicha operación en 2015 y el exministro Dobles, fue sancionado a tres años de prisión por prevaricato. Dobles apeló dicha sentencia.
Fiscalía cuestiona proceder de jueces
Para el Ministerio Público “resulta altamente irregular la actuación del Tribunal Penal que anuló el auto de elevación de juicio del caso conocido como “Crucitas”, respondió Tatiana Vargas, portavoz de Fiscalía a las 4:28 p.m. del viernes anterior.
El Ministerio Público, afirmó Vargas, mediante los fiscales del caso, comunicará los hechos a la Inspección Judicial, para que se proceda con la investigación disciplinaria respectiva, esto en razón de que el viernes anterior, la institución recibió información de que los dos jueces del voto de mayoría que anuló el debate, expresaron a viva voz que ellos no deseaban hacer ese juicio.
No considera necesaria la indagatoria de Arias
Según la portavoz Vargas, la Fiscalía no considera necesaria la eventual indagatoria del exmandatario. Esa circunstancia, unida al hecho de que la representante de la Procuraduría General de la República le advirtió al Tribunal que no está imputando ningún hecho al señor Óscar Arias, por lo cual no sería necesaria su indagatoria, y que pese a eso los dos jueces decidieron anular el auto de elevación a juicio, es una situación que resulta altamente irregular para el ente acusador del Estado, dijo Vargas.
Apelarán decisión del Tribunal
Adicionalmente, dijo, el Ministerio Público planteará un recurso de apelación ante el Tribunal de Apelación de Sentencia, con el fin de intentar revertir la anulación del juicio.
Cabe destacar que este juicio ya se había realizado, obteniéndose una sentencia condenatoria, sin embargo, en apelación, se determinó que debía repetirse. Esto significa que la etapa de elevación a juicio ya es una fase superada, y de cumplirse la resolución del Tribunal Penal, este expediente pasaría a formar parte de la mora judicial que está produciendo que los casos se conozcan (es decir, que vayan a juicio), al menos, entre tres y cinco años después, lo cual es contrario a las políticas que sigue la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, advirtió Vargas.
Arias no fue imputado, ratifica Procuraduría
El expresidente Arias no fue imputado en la causa del caso Crucitas, respondió Vivian Burban Vega, portavoz de la Procuraduría General de la República, a las 2:27 p.m. del viernes.
La causa contra Arias fue desestimada a pedido del Ministerio Público, añadió Burban, a consultas de PuroPeriodismo.com
Dentro de la causa N° 08-00011-033-PE, no figura como imputado el señor Oscar Arias Sánchez. Si bien en la querella formulada por la Procuraduría se menciona en tres hechos el nombre del citado señor, no se le realiza imputación alguna en su contra. La querella hace referencia a decretos, actos que por disposición constitucional deben ser firmados por el Presidente de la República, cargo que ocupaba el señor Arias al momento de la emisión. Es por eso que en la querella se menciona dicho señor, amplió Burban.
Es importante aclarar que contra el señor Arias existió una investigación en la que el Ministerio Público, solicitó una desestimación por falta de prueba que fue acogida por el Juzgado Penal, resolución que se dicta antes de presentarse la querella, razón por la cual, como se indicó, la Procuraduría no querella a dicho señor, confirmó la portavoz de la Procuraduría.
No comparte lo dispuesto por el Tribunal
La Procuraduría General no comparte la decisión de dos jueces del tribunal Penal de Guadalupe de retrotraer a una etapa previa este caso judicial.
Esta representación no comparte la posición de mayoría del Tribunal de Juicio al afirmar que en la querella se realiza una imputación al señor Arias Sánchez y que por ello debe ser remitida al Juzgado Penal para su estudio, añadió Burban.
Con su decisión, el Tribunal , anula todo lo actuado a partir de la audiencia preliminar , retrotrayendo con esta decisión, el proceso a una etapa ya precluida; aún cuando esta querella ya había superado el análisis de admisibilidad de la etapa intermedia, fue conocida por un Tribunal de Juicio que con base en ella, condenó por un delito de prevaricato.
Esta sentencia, enfatizó, fue analizada por un Tribunal de Apelaciones, y en ninguna de esas etapas se ha alegado o pretendido que haya una supuesta imputación al señor Arias. Por lo que consideramos erróneo lo resuelto por el Tribunal de Juicio, puntualizó Burban.