- Empresario y ejecutivos del Banco de Costa Rica tendrán acceso a diarios, televisión, derecho a llamadas y probablemente a Internet para capacitación. Pero no a celulares.
- No podrán portar instrumentos que se puedan constituir en “armas” para amedrentar o agredir a otras personas; no portar, vender, distribuir o consumir sustancias ni objetos prohibidos
- Deberán respetar los horarios de alimentación, televisión, teléfono, visita y no irrespetar a las demás personas
Edgar Fonseca, editor
Los siete presos del denominado escándalo del “cementazo”, que sacude al gobierno, a otros estamentos políticos y al Poder Judicial, serán valorados en cuanto a su seguridad tan pronto ingresen al Centro de Atención Institucional de San Sebastián, confirmó Mariano Barrantes, director de Adaptación Social del Ministerio de Justicia.
Barrantes descartó que a dichas personas se les vaya a ubicar en celdas individuales, ya que solo funcionan en máxima seguridad y prevé que permanecerán en espacios colectivos.
“Al ingreso de cada persona privada de libertad se toma en consideración su situación particular para determinar las medidas de seguridad que a cada uno corresponda así como su ubicación definitiva”, expresó Barrantes a consultas del periodista Edgar Fonseca.
Los siete detenidos son el empresario Juan Carlos Bolaños, en el epicentro del escándalo y contra quien la Fiscalía pidió seis meses de prisión preventiva entre otras razones por: Peligro de fuga, falta de arraigo laboral, y otros aspectos como la magnitud del daño causado por la afectación a la institucionalidad del país, y la posible pena a imponer ante un eventual juicio, ya que el peculado tiene una sanción máxima de 12 años de prisión.
El abogado de Bolaños, Juan Marcos Rivero denunció en el fin de semana que su cliente recibió amenazas de muerte de otros reos en las celdas de los tribunales.
-Cómo cualquier otro detenido en ese ámbito, ¿cuáles son pautas que deben cumplir dichas personas en cuanto a horarios de levantarse, bañarse, desayunar, almorzar, cenar y dormir?
-En los diferentes Centros Penitenciarios se cuenta con horarios para la distribución y consumo de alimentos, así como para dormir de manera que estas personas se han de sujetar dichos horarios.
-¿Tienen derecho a medios: periódicos, televisión, uso de celular o Internet?
-Estas personas privadas de libertad mantienen estos y los demás derechos que le son inherentes, excepto el uso de celular y por recién se está valorando el acceso a Internet –conforme se avaló en algunos Centros- con fines educativos y de capacitación.
-¿Tienen derecho a recibir visitas sea de familiares o de sus abogados diariamente?
-De conformidad con el Reglamento de visita a los Centros Penales del Sistema Penitenciario así como los horarios que al respecto se tienen establecidos estos privados de libertad tendrán derecho a recibir la visita de sus familiares los fines de semana. En cuanto a la visita de abogados –as- las mismas pueden concederse de lunes a sábado en atención a los lineamientos establecidos al respecto por el Instituto Nacional de Criminología.
-¿Serán ubicados en celdas individuales o deben compartir reclusión en módulos colectivos?
-Deberán ser ubicados en espacios colectivos, únicamente se cuenta con celdas individuales en el Régimen de Máxima Seguridad.
-En relación con la pregunta anterior, ¿en cuánto está a hoy la sobrepoblación del centro?
-Al no haberse definido el o los centros para su ubicación no le puedo precisar este dato. En lo específico del Centro Adulto Mayor se dispone de varias camas desocupadas.
-¿Cuáles son las restricciones fundamentales que deben observar en el tanto permanezcan en dicho centro?
-Las restricciones fundamentales se asocian a aquellos aspectos relacionados con la Seguridad Institucional y de las personas, manteniendo incólumes sus derechos, excepto el de libre tránsito que es el que principalmente tienen restringido.
-Como a cualquier otro detenido en este ámbito, ¿cuáles son prohibiciones básicas para ellos?
-No portar instrumentos que se puedan constituir en “armas” para amedrentar o agredir a otras personas; no portar, vender, distribuir o consumir sustancias ni objetos prohibidos; respetar los horarios de alimentación, televisión, teléfono, visita, etc. no irrespetar a las demás personas.
-Debido al controversial caso en que se les involucra y a supuestas amenazas de muerte recibidas por algunos de ellos, ¿considera que deben aplicar medidas especiales de seguridad sobre ellos mientras estén en dicho centro?
-De conformidad con lo que establece el artículo 3°, inciso c de la ley 4762 que crea la Dirección General, se tiene como uno de los principales fines de la Administración Penitenciaria la seguridad de las personas, de manera que al ingreso de cada persona privada de libertad se toma en consideración su situación particular para determinar las medidas de seguridad que a cada uno corresponda así como su ubicación definitiva.
-¿Estarán los siete detenidos en un mismo módulo o serán divididos?
-Este es un asunto que será atendido al momento del ingreso de las personas al Centro que se defina siendo muy probable que se ubiquen en un mismo Centro y ahí se determinará si se distribuyen o se mantienen en un mismo módulo.