Fallo le pone fin a la huelga, dice MEP/Servicio de comedores es esencial

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Edgar Fonseca, editor

Dada la contundencia doctrinal y la fortaleza de la fundamentación probatoria de esta sentencia, la misma está poniendo punto final al movimiento huelguístico, destaca el Ministerio de Educación Pública tras la decisión del Juzgado de Trabajo del II Circuito Judicial de declarar ilegal, de nuevo, la huelga de los sindicatos del MEP que llegó hoy a 82 días..

El MEP divulgó un análisis de la sentencia del Juez de Trabajo, Víctor Orozco Zárate.

La resolución la emitió Orozco, luego que el Tribunal de Apelación de Trabajo anuló, el 29 de octubre, la primera sentencia de ilegalidad del movimiento decretado por los sindicatos del MEP contra la reforma fiscal, lista a ser aprobada en el Congreso y avalada por la Sala IV.

Dicha huelga es la única que sigue tras una fallida paralización nacional de actividades que promovieron dirigentes sindicales del sector público contra el plan fiscal desde el 10 de setiembre.

El MEP puntualiza en los tres razonamientos clave del juez Orozco:

  •  La huelga magisterial no fue movimiento pacífico
  • Afectó servicios esenciales como la alimentación de los estudiantes que depende de estos servicios,
  • y, por su prolongación en el tiempo, transgredió los principios de razonabilidad y de proporcionalidad.

Servicio de comedores es esencial

El MEP enfatiza que por primera vez en una resolución judicial se declara como servicio esencial el de los comedores escolares. Lo califica como precedente jurisprudencial que no permite la huelga en dicho servicio.

“De gran importancia para el Ministerio de Educación Pública (MEP) resulta el considerando sexto de la sentencia, que establece por primera vez en las decisiones judiciales y administrativas de nuestro país, que el servicio de comedores estudiantiles es un servicio público esencial en el cual no está permitida la huelga”, sostiene el ministerio.

Cita literalmente el considerado sexto del juez Orozco:

“SEXTO: Que debido al movimiento de huelga en el Ministerio de Educación Pública, se ha visto afectado el servicio de Comedores Estudiantiles. El movimiento de huelga indefinido, tal como lo han manifestado la mismas dirigencias de los sindicatos, ha provocado con el pasar de los días afectación a los servicios de alimentación que brindan los Centros Educativos. Para llegar a esta conclusión primeramente es un hecho público y notorio que el movimiento de huelga en el Ministerio de Educación Pública se ha prolongado por varios días de manera indefinida. Además se desprende del informe que presenta la representación del Estado, de afectación a Comedores Estudiantiles, comprende desde el 10 al 25 de setiembre, puede verse en imagen 760 del expediente electrónico, en ese momento la huelga llevaba apenas 12 días y la afectación a los comedores estudiantiles ya arrojaba números preocupantes, estudiantes sin servicio de comedor aproximadamente 98.966, esta información suministrada por supervisores de Centros Educativos tal como se detalla en el mismo informe”.

Violación a los principios de razonabilidad y proporcionalidad:

El MEP califica de controversial la decisión del juez de aceptar viable la huelga política.

“El Juez establece en sentencia un elemento controversial al admitir como jurídicamente viable la huelga política – posición que es rechazada por el Estado”, consigna el ministerio.

Sin embargo, resalta que la misma no puede transgredir los principios de proporcionalidad y razonabilidad.

Conforme la sentencia, “la prolongación de la protesta bajo la forma de huelga política por un plazo indefinido es “un ejercicio abusivo del derecho”, que desnaturaliza el mismo y lo torna en ilegal”.
Sentencia contundente

Para el MEP hay contundencia doctrinaria en la sentencia.

“Dada la contundencia doctrinal y la fortaleza de la fundamentación probatoria de esta sentencia, la misma está poniendo punto final al movimiento huelguístico, que fue en su oportunidad judicializado por los mismos sindicatos que la propusieron, y que ahora están ante una pieza jurídica irrebatible”, cita el análisis institucional.