Exigirán a compraventas facturas, registro de clientes y no atenderán de noche

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Edgar Fonseca, editor/Imagen con fines ilustrativaos

La nueva ley que regula los negocios de compraventa y casas de empeño fue destacada este miércoles como una herramienta para prevenir robos, asaltos, y  reducir otros delitos contra la propiedad, se anunció oficialmente.

La normativa que entra en rigor exige a dichos negocios el uso de facturas, registro de clientes y no les permite horario nocturno.

La legislación fue firmada por el presidente Carlos Alvarado.

Se trata de la “Ley de Regulación de la Actividad Comercial de Casas de Compraventa y Empeño”.

Faculta a las municipalidades a suspender dichos establecimiento cuando incumplan los requisitos exigidos.

Baja del 7% en dichos delitos

El ministro de Seguridad Pública, Michael Soto, explicó que la nueva ley entra a regir en momentos en que continua la disminución de los delitos de la propiedad.

Según Seguridad, en el último año se dio una reducción de un 6,6% en este tipo de delitos, al bajar de 30.681 entre enero y julio del 2018, a 28.652 en el mismo periodo del 2019.

La merma se registró en los delitos contra la propiedad que más afectan a la ciudadanía como asalto (-662 casos), robo de vehículo (-460) y robo de vivienda (-123 casos).

“Esta ley viene a sumar a nuestro compromiso de actuar categóricamente en materia de seguridad ciudadana. En este caso, específicamente en la prevención y el combate de los delitos contra la propiedad”, resaltó el presidente Alvarado.

El viceministro de Seguridad, Eduardo Solano, dijo que las nuevas restricciones vienen a reforzar la tendencia en la reducción de los delitos de la propiedad.

“Se trata de espacios que tradicionalmente se han prestado para la recepción de artículos robados”, sostuvo.

Para Marcela Guerrero, presidenta ejecutiva del IFAM, la ley establece más controles para identificar a quienes quieran empeñar bienes y regular el horario en que funcionan estos negocios.

“Son acciones concretas para cerrarle filas a personas que comercian con bienes que no fueron adquiridos de forma legal. Con esto buscamos cantones más seguros, siempre con la visión de que las personas se apropien de los espacios públicos sin temor de poner en riesgo su integridad”, enfatizó Guerrero.

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¿Mano dura? *

Entrega de facturas: establece que en los intercambios que tengan lugar en casas de empeño, la persona vendedora deberá entregar a quien compra facturas debidamente canceladas.

Registro de clientes: los establecimientos tendrán la obligación de llevar un registro de quienes se acerquen a vender objetos y comprobar su identidad a través de la cédula.

Regulación de horarios: el documento indica que los comercios de empeño de bienes no podrán ejercer su actividad comercial entre 7 p.m. y 6 a.m.

Sanciones: a través de la reforma al artículo 90 bis de la Ley N.° 7794, Código Municipal, se define que las municipalidades serán las responsables de velar por el cumplimiento de esta ley y suspender las licencias si los negocios violan las normas que los regulan.

Fuente: Casa Presidencial