Asamblea aprueba por mayoría nueva ley que prohibe huelgas en servicios públicos esenciales

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Edgar Fonseca, editor

Por 40 votos a favor y 15 en contra, la Asamblea Legislativa aprobó anoche la ley que  prohibe las huelgas en servicios esenciales del Estado, salud y seguridad, entre

otros, y sanciona sin pago de salarios desde el primer día a quienes se lancen a movimientos de estos.

“9 meses, decenas de audiencias, cientos de consultas y mociones, y muchas horas de discusión. Pero, sobre todo, mucha paciencia y convicción en que la vida, la salud

y seguridad de la gente, como la educación de nuestros menores, no está por debajo del derecho a la huelga #21049”, destacó el diputado Carlos Ricardo Benavides,

presidente del Congreso y principal gestor de la nueva legislación.

La aprobación se dio sin mayores incidentes tras un día de marchas de sindicalistas en diferentes sitios del país, opuestos a la nueva ley denominada “Ley para brindar

seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos”.

Durante el día hubo algunos brotes de violencia en las cercanías de la Asamblea, fuertemente protegida por la policía e intentos de agresión a fotógrafos de prensa.

Diálogo y paz

“El Proyecto de Ley que regula las huelgas fue aprobado en primer debate. Garantiza este derecho sin afectar los servicios y apega nuestra legislación a los estándares

internacionales. Agradezco a la @asambleacr. El Gobierno reafirma su vocación de diálogo, de paz y de avanzar”reaccionó el presidente Carlos Alvarado tras la decisión

legislativa.

En el trámite del proyecto se realizaron más de 308 consultas a diferentes sectores públicos y orivados, atendió 222 mociones de fondoy conoció y votó 69 mociones de

reiteración en el Plenario.

Entre otras disposiciones, la nueva ley:

-prohibe a quienes participen en actividades preparatorias de huelga tomar ese tiempo para fines personales o familiares

-prohibe realizar más de una huelga por un mismo motivo

-impone a los sindicatos a mantener un correo electrónico vigente y actualizado ante el Ministerio de Trabajo para recibir notificaciones de los trámites de calificación de huelgas

-otorga  a los jueces de trabajo 24 horas para declarar legal o ilegal una huelga

-permite huelgas contra políticas públicas que afecten los intereses económicos y sociales de los trabajadores por un plazo de 48 horas

Prohibidas huelgas en servicios públicos esenciales

Según la nueva normativa, quedan prohibidas las huelgas en

– Servicios de salud: todos sus niveles de atención.

– Seguridad pública: servicios de policía, cuido de instalaciones públicas, vigilancia, investigación, policía de tránsito, guardacostas, así como custodia y atención de privados de libertad.

– Controladores aéreos y control migratorio en aeropuertos, puertos y puestos fronterizos.

– Transporte ferroviario, marítimo, carga y descarga en muelles y atracaderos de medicamentos, suministros o equipo médico y bienes perecederos, barcos tanqueros o naves de combustible u otras fuentes de energía y los servicios de transporte público de personas en la modalidad de autobús y tren mientras el viaje no termine.

– Bomberos, servicios de búsqueda de desaparecidos, rescate de víctimas y servicios de atención de emergencias, así como llamadas de emergencias.

– Suministro de agua potable, alcantarillado sanitario y tratamiento de aguas residuales.

– Suministro de energía eléctrica y atención de averías, y los necesarios para para prestar servicios de telecomunicaciones.

– Mientras se preste en régimen de monopolio: importación, distribución y suministro de combustible; atención de averías.

– Comedores escolares, los de protección a la niñez y adolescencia y de adultos mayores, personas con discapacidad o en estado vulnerable.

– Servicios judiciales en materia laboral, incluyendo los auxiliares necesarios para su efectiva prestación; el levantamiento, práctica de autopsias y posterior entrega de cuerpos, así como los de medicina forense con carácter de urgencia.

Permite huelgas en servicios públicos trascendentales

 Según la nueva ley, se permite la huelga en servicios denominados “trascendentales” como:

– Recolección y tratamiento de basura.

– Labores de carga y descarga de muelles y atracaderos.

– Anotación y levantamiento de impedimento de salidas del país, así como los permisos de salida del país de menores de edad.

– Procesos de preparación de elecciones nacionales, cantonales, referéndum, plebiscitos o consultas populares que estén en los plazos indispensables para no impedir su celebración.

– Servicios bancarios de depósito y de retiro de dinero.

– Administración de justicia.

– Aduanas y servicios de atención a pasajeros y sus pertenencias en puertos, aeropuertos y puestos fronterizos.

También contempla huelgas en servicios

Conforme la nueva legislación, se permite huelgas en servicios denominados “estratégicos” como educación.

No deberá extenderse más allá de los 21 días continuos o de los 10 días discontinuos.

Fija que durante la huelga, los centros educativos deberán permanecer abiertos con condiciones básicas de aseo y seguridad para que asistan aquellos funcionarios que no decidan sumarse al movimiento.