Edgar Fonseca, editor
Por 40 votos a favor y 15 en contra, la Asamblea Legislativa aprobó anoche la ley que prohibe las huelgas en servicios esenciales del Estado, salud y seguridad, entre
otros, y sanciona sin pago de salarios desde el primer día a quienes se lancen a movimientos de estos.
“9 meses, decenas de audiencias, cientos de consultas y mociones, y muchas horas de discusión. Pero, sobre todo, mucha paciencia y convicción en que la vida, la salud
y seguridad de la gente, como la educación de nuestros menores, no está por debajo del derecho a la huelga #21049”, destacó el diputado Carlos Ricardo Benavides,
presidente del Congreso y principal gestor de la nueva legislación.
La aprobación se dio sin mayores incidentes tras un día de marchas de sindicalistas en diferentes sitios del país, opuestos a la nueva ley denominada “Ley para brindar
seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos”.
Durante el día hubo algunos brotes de violencia en las cercanías de la Asamblea, fuertemente protegida por la policía e intentos de agresión a fotógrafos de prensa.
Diálogo y paz
“El Proyecto de Ley que regula las huelgas fue aprobado en primer debate. Garantiza este derecho sin afectar los servicios y apega nuestra legislación a los estándares
internacionales. Agradezco a la @asambleacr. El Gobierno reafirma su vocación de diálogo, de paz y de avanzar”reaccionó el presidente Carlos Alvarado tras la decisión
legislativa.
En el trámite del proyecto se realizaron más de 308 consultas a diferentes sectores públicos y orivados, atendió 222 mociones de fondoy conoció y votó 69 mociones de
reiteración en el Plenario.
Entre otras disposiciones, la nueva ley:
-prohibe a quienes participen en actividades preparatorias de huelga tomar ese tiempo para fines personales o familiares
-prohibe realizar más de una huelga por un mismo motivo
-impone a los sindicatos a mantener un correo electrónico vigente y actualizado ante el Ministerio de Trabajo para recibir notificaciones de los trámites de calificación de huelgas
-otorga a los jueces de trabajo 24 horas para declarar legal o ilegal una huelga
-permite huelgas contra políticas públicas que afecten los intereses económicos y sociales de los trabajadores por un plazo de 48 horas
Prohibidas huelgas en servicios públicos esenciales
Según la nueva normativa, quedan prohibidas las huelgas en
– Servicios de salud: todos sus niveles de atención.
– Seguridad pública: servicios de policía, cuido de instalaciones públicas, vigilancia, investigación, policía de tránsito, guardacostas, así como custodia y atención de privados de libertad.
– Controladores aéreos y control migratorio en aeropuertos, puertos y puestos fronterizos.
– Transporte ferroviario, marítimo, carga y descarga en muelles y atracaderos de medicamentos, suministros o equipo médico y bienes perecederos, barcos tanqueros o naves de combustible u otras fuentes de energía y los servicios de transporte público de personas en la modalidad de autobús y tren mientras el viaje no termine.
– Bomberos, servicios de búsqueda de desaparecidos, rescate de víctimas y servicios de atención de emergencias, así como llamadas de emergencias.
– Suministro de agua potable, alcantarillado sanitario y tratamiento de aguas residuales.
– Suministro de energía eléctrica y atención de averías, y los necesarios para para prestar servicios de telecomunicaciones.
– Mientras se preste en régimen de monopolio: importación, distribución y suministro de combustible; atención de averías.
– Comedores escolares, los de protección a la niñez y adolescencia y de adultos mayores, personas con discapacidad o en estado vulnerable.
– Servicios judiciales en materia laboral, incluyendo los auxiliares necesarios para su efectiva prestación; el levantamiento, práctica de autopsias y posterior entrega de cuerpos, así como los de medicina forense con carácter de urgencia.
Permite huelgas en servicios públicos trascendentales
– Recolección y tratamiento de basura.
– Labores de carga y descarga de muelles y atracaderos.
– Anotación y levantamiento de impedimento de salidas del país, así como los permisos de salida del país de menores de edad.
– Procesos de preparación de elecciones nacionales, cantonales, referéndum, plebiscitos o consultas populares que estén en los plazos indispensables para no impedir su celebración.
– Servicios bancarios de depósito y de retiro de dinero.
– Administración de justicia.
– Aduanas y servicios de atención a pasajeros y sus pertenencias en puertos, aeropuertos y puestos fronterizos.
También contempla huelgas en servicios
Conforme la nueva legislación, se permite huelgas en servicios denominados “estratégicos” como educación.
No deberá extenderse más allá de los 21 días continuos o de los 10 días discontinuos.
Fija que durante la huelga, los centros educativos deberán permanecer abiertos con condiciones básicas de aseo y seguridad para que asistan aquellos funcionarios que no decidan sumarse al movimiento.