201 casos confirmados de contagio a este miércoles/159 multados por infringir restricción vehicular

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Edgar Fonseca, editor/Google Images

La cifra de casos confirmados de contagios del coronavirus en el país alcanzó este miércoles 201, distribuidos en 39 cantones de las siete provincias, confirmaron autoridades de Salud.

El rango de edad oscila entre los 2 y los 87 años.

Según el reporte oficial, se trata de 84 mujeres y 117 hombres, de los cuales 183 son costarricenses y 18 extranjeros.

En 39 cantones

Hay casos positivos en 39 cantones de siete provincias.

Alajuela encabeza con 36 casos positivos, siguen: San José con 21, Santa Ana, 14, Escazú, 13, Tibás, 10.

Heredia, 9, Goicoechea, 8, Desamparados, 7, Grecia, 7, La Unión, 6, Moravia, 6, Curridabat, 5, Montes de Oca, 5, Poás, 5, San Carlos, 5, Cartago, 4, San Pablo, 4, Nicoya, 3, Pérez Zeledón, 3.

Con dos casos aparecen: Aserrí, Atenas, Coronado, Coto Brus, Garabito, Jiménez, San Rafael, Santa Bárbara, Santa Cruz, Santo Domingo.

Alvarado, Barba, Belén, Flores, Liberia, Limón, Puntarenas, Montes de Orioy Orotina, aparecen con un caso cada uno.

Por edad hay: 177 adultos, 17 adultos mayores y 7 menores de edad, añadió el informe dado esta tarde.

Las autoridades informaron que seis personas se encuentran internadas, 4 de ellas en cuidados intensivos.

159 sanciones por violar restricción vehicular

También se informó que durante la noche del martes y madrugada del mié4coles en que rigió el primer día de restricción vehicular nocturno, hubo 159 conductores sancionados. En total hubo 274 multas, aplicadas por la Fuerza Pública y el Transito.

Gobierno insta a población a acatar restricción vehicular sanitaria

De esta cifra, 159 fueron por infringir la disposición y 115 por otras infracciones, desglosó el reporte oficial.

El ministro de Seguridad Pública, Michael Soto, ratificó la continuidad de estos operativos en todo el territorio nacional por lo que instó a la ciudadanía a quedarse en casa y no salir a menos de alguna necesidad.

Según Soto, esta medida aplica durante la franja horaria desde las 10 p.m. y hasta las 5:00 a.m.

Quienes transiten durante ese rango tienen la obligación de acreditar o demostrar la excepción correspondiente, aseveró el jerarca de Seguridad.

Dicha comprobación –puntualizó– deberá darse ante la autoridad de tránsito mediante la presentación del carné institucional o empresarial, así como una constancia laboral emitida por la persona empleadora en la que se consigne el horario de trabajo.

Agregó que los casos de personas trabajadoras independientes, deberán portar y presentar un documento de respaldo sobre sus labores o actividad ejercida que justifique su movilización.

Además deberán mostrar la constancia laboral o el documento de respaldo según corresponda, serán aplicables a partir del día miércoles 25 de marzo.

“A los jóvenes que piensan que conmigo no es este tema, sepan que también puede afectarlos a ustedes. Ayer hablamos que tenemos personas en cuidados intensivos entre los 35 y 50 años. Casi el 15% de la población mayor de 20 años es diabética y más del 30% es hipertensa, factores que pueden complicar la enfermedad. La reacción que les he pedido en estos días nos incluye a todos y todas” enfatizó el Ministro de Salud, Daniel Salas.