PuroPeriodismo/El Salvador/Foto El Faro, San Salvador
La Sala Constitucional de El Salvador condenó como “inconstitucional y delictiva” la toma militar del parlamento de ese país perpetrada por órdenes del presidente Nayib Bukele, el 9 de febrero anterior, destaca el sitio El Faro de San Salvador.
El Consejo de Ministros del presidente Nayib Bukele actuó fuera de sus competencias y contra la Constitución cuando convocó a una sesión extraordinaria de la Asamblea Legislativa, el pasado 9 de febrero (9-F), para que diputados aprobaran un préstamo para financiar el plan de seguridad del Gobierno, según la Sala de lo Constitucional. La Sala consideró que la convocatoria estaba injustificada, en una resolución de este 27 de octubre, en la que también ordenó al Ministro de Defensa, al Director de la Policía Nacional Civil —claves en la militarización de la Asamblea el 9-F— y a los miembros de esos cuerpos de seguridad que se abstengan de ejercer funciones distintas de las que la ley los obliga, so pena de responsabilidades civiles y penales, destaca el sitio.
El presidente no puede coaccionar a ningún Órgano del Estado
Los magistrados cuestionaron el lenguaje de Bukele en la previa del 9-F. Según la Sala, una “convocatoria extraordinaria no puede ser utilizada para someter a la Asamblea Legislativa a la voluntad del Presidente de la República”. El acuerdo de convocatoria dice que el fin es obtener la autorización de préstamo, pero los ministros solo tienen derecho a convocar a la Asamblea para que discutan. “La convocatoria se hizo usando palabras que indican un resultado esperado de la acción deliberativa”, dice el fallo. Además, señalan que la presión es inválida “aunque se recurra al discurso retórico de ‘el pueblo’, ‘la insurrección del pueblo’ o a la utilización de los militares o cuerpos policiales. Ningún funcionario del Ejecutivo, ni siquiera el Presidente, tiene habilitación constitucional para presionar o coaccionar indebidamente a uno de los órganos fundamentales del Estado”, se lee, cita El Faro.
La Sala reconoce los “actos de presión” del Ejecutivo hacia los diputados: “el retiro de los agentes de PPI asignados a los funcionarios del Órgano Legislativo, campaña en redes sociales, llamado público a la insurrección en caso de que la Asamblea no sesionara”. De ello, responsabiliza a Bukele. “El Presidente hizo apología de dichos actos mediante su cuenta oficial de Twitter y reafirmó su legitimidad, a la vez que se refirió a las personas que comparten visiones distintas a la suya de manera impropia para un funcionario público”, dicen los magistrados.
Por estos actos de presión, los magistrados dedican una sección de su extensa sentencia (de 103 páginas) hacia los policías y militares.
Sala: “Instrumentalizar a la PNC y al Ejército es delictivo”
La Sala reafirma en este fallo la orden que dio en febrero, entonces como medida cautelar, para que el presidente se abstuviera de utilizar ilegítimamente a los cuerpos de seguridad. Ahora va un paso más allá: ordena al ministro de Defensa, al Ejército, al director de la PNC y a la policía no ejercer funciones ni actividades distintas a las que legalmente están obligados, so pena de responsabilidades civiles, penales y electorales, consigna dicho sitio.
Según la Sala, la “historia de dictaduras militares y las graves violaciones a los derechos humanos auspiciadas por el abuso de la fuerza militar por parte de los gobiernos de turno (…) debe ser el espejo en el que la sociedad salvadoreña debe reflejarse para enmendar sus errores pasados y evitar que se repitan”.