El draconiano nuevo Código Penal de Cuba

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  • Ni por las malas ni por las buenas la Constitución permite descartar el sistema socialista, pero la nueva norma va más lejos

Renaldo Escobar, 14ymedio, La Habana

El recientemente aprobado Código Penal castiga con penas de hasta diez años al ciudadano “que ejercite arbitrariamente cualquier derecho o libertad reconocido en la Constitución de la República” si ese ejercicio tiene como finalidad “cambiar, total o parcialmente, la Constitución de la República o la forma de Gobierno por ella establecida”.

El párrafo anterior es el resultado de la lectura de los artículos 119 y 120 del referido código, que recomiendo leer íntegramente y no citados parcialmente como hago aquí.

El 119.1 permite castigar hasta con la pena de muerte a “quien se alce en armas para conseguir por la fuerza”, entre otras cosas, un cambio total o parcial de la Constitución de la República o la forma de Gobierno que ella establece.

El 120.1 prevé condenas de hasta con diez años a quien “con cualquiera de las finalidades expresadas” en el artículo 119 ejercite “arbitrariamente” cualquier derecho reconocido en la Constitución.

¿Qué significa ejercer arbitrariamente un derecho que otorga la Constitución?

Especial PuroPeriodismo, 14ymedio, La Habana