Edgar Fonseca, editor
El Poder Judicial acordó mantener el uso de mascarillas sanitarias y la obligatoriedad de vacunarse contra covid-19 en su personal institucional.
Con esto se sumó a la Asamblea Legislativa y la Universidad de Costa Rica, entre otras instituciones públicas, que ratificaron el uso de ese protector tras el decreto ejecutivo que eliminó la obligatoriedad el miércoles anterior vigente en los últimos dos años de emergencia sanitaria por la pandemia de covid-19.
El Poder Judicial también exigirá la mascarilla a aquellas personas que sirvan como contratistas de servicios dentro de sus instalaciones instalaciones.
Lo requerirá además, en los usuarios que accedan servicios vinculados a atención de salud como Medicina Legal, Patología Forense y otros.
A los usuarios les instan al uso de mascarillas aunque dejan el carácter facultativo, conforme lo dispone el reciente decreto gubernamental.
Por seis meses
Las disposiciones del Poder Judicial rigen por los próximos seis meses, según el acuerdo adjunto.
Acoger la recomendación de la Comisión Institucional de Emergencias fundado en el criterio técnico de oficio PJ-DGH-SSO-785-2022 de 11 de mayo de los corrientes, la Dirección de Gestión Humana y la Dirección Jurídica y disponer lo siguiente:
1.- El carácter facultativo del uso de mascarilla por parte de las personas usuarias, instando su uso con motivo del acceso a las instalaciones y servicios institucionales. Lo anterior, exceptuando aquellos casos donde, según lo dispuesto en el decreto N° 43544-S, las personas usuarias requieran ingresar a oficinas judiciales que se puedan equiparar a establecimientos de salud, tal es el caso de los consultorios del Departamento de Medicina Legal, los Servicios de Salud de la Dirección de Gestión Humana, la Sección de Patología Forense, y cualquier otra oficina judicial que pueda fungir como consultorio de atención de la salud.
2.- Mantener el carácter obligatorio del uso de mascarilla por parte de las personas servidoras judiciales, manteniendo con respecto a estas, lo dispuesto en el acuerdo 066-2020, artículo LX de 30 de junio de 2020.
3.- Disponer que la obligatoriedad respecto del uso de mascarilla será extensible a las personas contratistas que, con motivo de la respectiva relación contractual, deban accesar a los edificios y servicios institucionales.
4.- Aclarar a las personas servidoras judiciales que se mantiene la obligatoriedad de vacunación conforme lo dispuesto por este Consejo Superior, según lo acordado por la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología.
5.- Mantener los efectos del presente acuerdo por el plazo de seis meses, fecha en la cual se realizará una nueva valoración respecto de la procedencia de continuar, modificar o suspender sus efectos, conforme se determine procedente según el ordenamiento jurídico aplicable y el criterio técnico respectivo.
Los efectos de lo dispuesto en el presente acuerdo se encuentran condicionados a que se mantenga vigente estado de emergencia dispuesto por el decreto ejecutivo 42227-MS emitido el día 16 de marzo de 2020 y a lo establecido por los lineamientos del Ministerio de Salud aplicables al Poder Judicial, durante el término de su vigencia. Lo dispuesto en este acuerdo podrá ser revisado por este Consejo en cualquier momento, considerando entre otras cosas que pudieran sobrevenir modificaciones a la regulación general de la prestación del servicio público debido a razones sanitarias, por parte del Ministerio de Salud u otras instancias competentes, conforme al ordenamiento jurídico aplicable para estas situaciones”, cita el reporte oficial.