Edgar Fonseca, editor/Foto Dekra, Chile
El MOPT ratificó a la firma alemana Dekra para la revisión técnica vehicular por los próximos dos años bajo la figura de permiso de uso en precario.
Descartó de esta forma a la empresa sueca Opus que objetó tal designación.
El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Luis Amador, avaló las razones que motivaron la recomendación adoptada por la Junta Directiva del COSEVI y con la cual él otorgó el permiso.
Rechazó rotundamente que la designación realizada a Dekra esté viciada de nulidad.
Amador insistió que Dekra es una firma sumamente reconocida y con amplia experiencia en brindar este tipo de servicios, de ahí que se decidió otorgarle el permiso a su propuesta.
Las justificaciones
Las siguientes son las razones dadas por el MOPT para esta decisión:
-la recomendación realizada por la Junta Directiva del Consejo de Seguridad Vial (COSEVI) al Señor Ministro, para que la firma alemana Dekra, se encargue de la inspección técnica vehicular por los próximos dos años mediante la figura del permiso de uso en precario, se hizo tomando en cuenta la valoración de cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en el pliego de condiciones del mismo.
-la figura del Permiso de Uso en Precario que, utilizada en esta ocasión, tiene carácter unilateral y no contractual, es una decisión institucional y su otorgamiento es discrecional, según se desprende un criterio de la misma Procuraduría General de la República PGR-OJ-095-2022.
-la Comisión Evaluadora realizó una calificación de referencia para tener parámetros de decisión, pero al igual que sucede, incluso con las ternas de Servicio Civil, esas calificaciones no son vinculantes y las autoridades que deciden pueden, motivando su decisión, hacer una elección discrecional.
Lo objetado por Opus
En el presente caso, argumentaron, se conoció y discutió en el seno de la Junta Directiva del COSEVI las razones que hacían dudar del cumplimiento por parte de OPUS de sus requisitos de admisibilidad, entre ellos la forma en que fue acreditada la experiencia, la cantidad de inspecciones que reportaron, que eran menores a las de la otra firma, y que algunas de las inspecciones acreditadas no se corresponden al modelo costarricense de verificación de varios elementos.
Según el MOPT, también, se consideró que para el momento de la invitación se estaba dando una valoración importante al tema del precio ofertado, a efectos de que la ARESEP, lo considerara en la fijación tarifaria. Sin embargo, siendo que conforme la ley, la tarifa por el servicio debe ajustarse a lo establecido por la ARESEP, para el momento de la resolución se tenía ya conocimiento de las nuevas tarifas aprobadas por el órgano regulador, de ahí que se consideró conveniente tomar en cuenta la oferta que estuviera más cerca de las tarifas oficiales del servicio.
Según el comunicado oficial, el criterio de la Comisión Evaluadora no es vinculante, sino que es una recomendación y aunque no estamos minimizando el trabajo de este grupo de expertos, la Junta Directiva del COSEVI, tomó en cuenta otros factores de peso a la hora de seleccionar el operador que se hará cargo de la inspección vehicular.
Las apelaciones interpuestas contra la designación del nuevo operador, fueron rechazadas una vez que se valoraron los argumentos planteados y así se consignó en la resolución respectivo. Uno de los casos es el de la firma sueca Opus, aseveró la versión oficial.
Agrega que trabajan en el proceso de transición para que la nueva empresa inicie sus operaciones en el país, a la brevedad posible.