Ortega ordena nuevos dragados en el fronterizo río San Juan sin consultar a Costa Rica/Pese a sentencia CIJ de 2015

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Edgar Fonseca, editor/Foto AFP, La Prensa, Managua

La dictadura de Daniel Ortega y su esposa, Rosario Murillo, autorizó nuevas operaciones de dragado en el río San Juan de Nicaragua, fronterizo con Costa Rica, pese a una sentencia condenatoria por operaciones similares dictada contra dicho país por la Corte Internacional de Justicia en diciembre 2015.

Las nuevas operaciones las dio a conocer el sitio La Prensa de Managua.

  • Se desconoce si el régimen consultó vía diplomática a Costa Rica. La Corte Internacional de Justicia condenó a Nicaragua en 2015 por operaciones similares. Especial PuroPeriodismo

La orden de nuevos dragados se dio a través de una resolución administrativa de la Dirección General de Transporte Acuático (DGTA) “Autoridad Marítima y Portuaria Nacional” del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI).

Según dicho medio, la Resolución Administrativa DGTA 017-2024 autoriza “las operaciones de dragado del Río San Juan, y las correspondientes exoneraciones a las tasas e impuestos que surjan de todas las actividades destinadas a la realización del Proyecto de Dragado del Río San Juan, en calidad de Ente Regulador conferidas según la Ley 319 Ley que Regula la Exploración y Rehabilitación de la Navegación Comercial en el Río San Juan”.

En la resolución se detalla que la coordinadora del proyecto de dragado de Río San Juan será Olympia Avellaneda Torrez, quien funge como delegada de la Presidencia en la Comisión para el Desarrollo del Río San Juan.

Avellaneda, según la resolución, presentó una carta en la que “solicita autorización basada en el deber del Estado de Nicaragua de garantizar la integridad territorial en el ejercicio de su soberanía, lo que incluye la administración, mantenimiento, y dragado del Río San Juan y por ser proyecto del Estado, solicitó la exoneración de pagos de los aranceles correspondientes a nombre del Proyecto de Dragado de Río San Juan con RUC No. J083000452834”.

En el pasado, el dragado en el Río San Juan quedó como un mal antecedente para el país, resalta La Prensa.

Sin consultar a Costa Rica

El abogado y político opositor Eliseo Núñez Morales reconoció que el dragado es una operación necesaria para la limpieza del río, pero la falta de comunicación con Costa Rica para realizar estas obras en este territorio fronterizo, es lo que ha traído problemas al país.

“Hay que ver si esto se va a hacer como parte de un proceso que se le consulte a Costa Rica. Si no se le consulta a Costa Rica casi estoy seguro de que va a ver problemas”, dijo Núñez. 

El opositor recordó que aunque el Río San Juan es totalmente nicaragüense, una de las riberas del río es costarricense por disposición jurídica establecida por la Corte Internacional de Justicia (CIJ).

“Definitivamente este es un potencial problema y hay que recordar que Costa Rica tiene otros problemas en la frontera, como los güiriseros que entran a Costa Rica a extraer ilegalmente oro y que se amparan en Nicaragua y que aparentemente están respaldados por paramilitares cercanos al régimen”, agregó Núñez. 

En 2010, el dragado ordenado por Ortega en el Río San Juan ocasionó un conflicto legal con Costa Rica debido a los daños ambientales que produjeron las operaciones nicaragüenses en humedales costarricenses. Costa Rica acusó a Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), lo que derivó en una sentencia que ordenó a Nicaragua pagar una indemnización.

La CIJ decidió que Nicaragua debía pagar 120,000 dólares por degradación o pérdida de bienes y servicios ambientales; 236,032.16 dólares por daños de las consecuencias directas de las actividades ilícitas que realizó Edén Pastora, encargado oficial del dragado, en territorio costarricense; 2,708.39 dólares por los gastos de restauración en los humedales bajo protección internacional y 20,150 dólares por intereses acumulados entre el 16 de diciembre de 2015 y el 2 de febrero de 2018. Finalmente el Estado de Nicaragua pagó un total de 378,890 dólares a Costa Rica.

El biólogo e investigador Amaru Ruiz señaló que este nuevo proceso de dragado debería estar respaldado por estudios previos de impacto ambiental y de viabilidad económica y social que además justifiquen la necesidad de reactivar estas operaciones. 

PuroPeriodismo/La Prensa, Managua


Sentencia CIJ: Nicaragua violó la soberanía territorial y los derechos de navegación de Costa Rica al dragar tres caños y establecer una presencia militar

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) emitió el 16 de diciembre 2015 su fallo sobre dos casos de litigio fronterizo entre Costa Rica y Nicaragua relacionados con la navegación en el río San Juan, la presencia militar nicaragüense en territorio costarricense y los daños ecológicos causados por la construcción de una carretera, informa UN News.

El presidente de la Corte, Ronny Abraham, leyó la sentencia sobre la demanda interpuesta por Costa Rica en 2010 sobre una supuesta invasión militar y daños ambientales a una porción de su territorio protegido por convenios internacionales. 

La sentencia atendió también una demanda de Nicaragua contra su vecino –presentada en 2011– por aparentes daños ambientales al río San Juan durante la construcción de una carretera.

En una decisión de 14 votos contra dos, el tribunal de La Haya confirmó que Costa Rica tiene soberanía sobre el territorio en litigio– la zona de Isla Calero o Isla Portillos–, y por unanimidad señaló que Nicaragua violó la soberanía territorial y los derechos de navegación de Costa Rica al dragar tres caños y establecer una presencia militar.

El fallo también establece que Nicaragua tiene la obligación de compensar a Costa Rica por los daños materiales derivados de sus actividades ilegales en el territorio costarricense.

Por otro lado, el tribunal rechazó la petición de Costa Rica de que se ordenara a Nicaragua pagarle los costos en los que incurrió por tramitar la disputa y sentenció que Costa Rica incumplió con el derecho internacional al no evaluar los daños ambientales derivados de la construcción de la ruta 1856.

Sin embargo, consideró que Nicaragua no pudo demostrar que la construcción de la carretera hubiera causado un daño transfronterizo significativo y desestimó su alegación de que Costa Rica había violado sus obligaciones en cuanto a ese tipo de daños.

Las sentencias del órgano judicial de Naciones Unidas ponen fin a cinco años de disputa entre los dos países centroamericanos.

Los fallos de la Corte Internacional de Justicia son vinculantes e inapelables.