Ven rotundo fracaso de Chaves con “ley jaguar”/Y vaticinan rechazo en Asamblea a la versión #2

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Edgar Fonseca editor/Foto Zoom PuroPeriodismo

Como un “rotundo fracaso” político y jurídico de la administración del presidente Rodrigo Chaves, calificó el experto constitucionalista, Dr. Rubén Hernández Valle, el fallo de la Sala IV que sentenció como inconstitucional la “ley jaguar” mediante la que el mandatario impulsaba limitar y eliminar funciones y atribuciones de la Contraloría General de la República.

Hernández, primer abogado especializado en materia constitucional, con una trayectoria de 52 años, atribuyó el desenlace para el gobierno a que el presidente no es abogado, no fue correctamente aconsejado, y a que no hubo estudio de la jurisprudencia en la materia.

Según su análisis, el Ejecutivo se dejó llevar por la euforia política de la próxima campaña electoral

Vaticinó que la versión #2 del proyecto, anunciada apresuradamente por el presidente el martes 30, probablemente correrá igual suerte ya que las reformas planteadas a la Ley Orgánica de la Contraloría, en particular al artículo 12, sobre el acatamiento de sus decisiones, rozan la constitucionalidad que protege al órgano contralor y solo pueden ser modificadas vía Asamblea Constituyente.

Así lo expuso en una amplia entrevista que concedió a este editor el miércoles 31 de julio, vía Zoom Facebook Live.

Diputados sin miedo

Tras la resolución de la Sala, los diputados perdieron el miedo y “saben que la Sala no se deja amedrentar por el Ejecutivo”, destacó.

Saben que no tiene sentido aprobar ninguna iniciativa relacionada con el referéndum, que presiona el gobierno, que pueda caer en el ámbito de la inconstitucionalidad, remarcó.

Gobierno muy debilitado

El gobierno queda muy debilitado pese a que Chaves quiso mostrar lo contrario tras la decisión de los magistrados, aseveró.

“Fue una resolución totalmente contraria a sus intereses”, resaltó.

Sobre la precipitada segunda propuesta, la atribuyó a un intento del gobierno por “enmascarar el fracaso político y jurídico que tuvieron”.

En la Asamblea Legislativa, prevé, salvo la bancada oficial, no habrá interés en aprobar el nuevo proyecto, el cual, estima, quedará archivado durante el nuevo periodo de sesiones ordinarias que arranca este 1.º de agosto.

La Asamblea, sostuvo, no tiene plazo perentorio para aprobarlo.

Rodrigo Arias presidente del Congreso, le echó una palada de tierra al intento de Chaves de revivir la “ley jaguar”.

Calificó de “precipitado y temerario” el anuncio del presidente del nuevo proyecto.

“Ya es hora de pasar la página y de que este gobierno se ponga serio y empiece a trabajar de verdad en los problemas que afectan a la gente”, sentenció Arias.

“El gobierno se apresuró en presentar un nuevo proyecto sin esperar las resoluciones completas”, cuestionó el jerarca legislativo

“Es una forma precipitada y temeraria de actuar”, censuró Arias quien ve que el trámite de la versión nueva tardará meses. 

Rechazo de consultas adicionales

El jurista Hernández considera que la Sala IV probablemente rechace las dos consultas adicionales pendientes, una de la fracción PLP y otra de la Contraloría, ya que perdieron interés actual tras el retiro del primer decreto de convocatoria del gobierno.

Los magistrados se abocarían a las nuevas consultas derivadas del segundo proyecto.

Cree que elevarán consultas diputados, la Contraloría y el Tribunal Supremo de Elecciones.

La prudencia, dijo, orienta a que la Asamblea espere lo que resuelva la Sala para luego decidir la suerte del segundo proyecto.

Aparte del artículo 12, también ve vicios de constitucionalidad en la reforma propuesta al artículo 67 de la Ley General de Contratación Administrativa y al artículo 5bis de la Ley Orgánica de Japdeva porque abren portillos a las “contrataciones a dedo”.

Violan el artículo 182 de la Constitución que exige licitación en las contrataciones públicas, aseveró.

Otros dos artículos consultados, sobre el control de fideicomisos por parte de la Contraloría y sus órganos superiores los ve inocuos y considera que no tienen sentido someterlos a un costoso gasto de referéndum, por el escaso interés que generarían, cuando pueden ser reformados por ley.

Hernández destacó que el fallo de la Sala IV fortalece la institucionalidad y a la Contraloría contra pretensiones autoritarias y totalitarias como e Nicaragua, Venezuela y El Salvador. “Esperemos que nunca pase en Costa Rica”, alertó.

“Se ha consolidado una de las instituciones estructurales más importantes”, afirmó.


Sala IV sentencia inconstitucional la “ley jaguar”/Se estrella plan de Chaves con el referéndum

Jul 29, 2024

Edgar Fonseca, editor

En una decisión histórica, los magistrados de la Sala IV declararon inconstitucional ayer lunes la llamada “ley jaguar” con la que el presidente Rodrigo Chaves pretendía limitar, vía referéndum, funciones y atribuciones de la Contraloría General de la República.

Los magistrados encontraron vicios de constitucionalidad en todos los artículos consultados, destacó un comunicado de la Sala Constitucional.

Así lo resolvieron ante consulta del Tribunal Supremo de Elecciones.

Tienen pendiente de resolver otras dos consultas, una por parte de la Contraloría y otra de un grupo de diputadas.

La resolución, 2024-21375, la adoptaron los magistrados: Fernando Castillo Víquez (presidente), Paul Rueda Leal, Luis Fernando Salazar Alvarado, Jorge Araya García, Anamari Garro Vargas e Ingrid Hess Herrera y la magistrada suplente Alexandra Alvarado Paniagua.

“Nos satisface la decisión de la Sala Constitucional sobre las competencias de fiscalización con las que la Contraloría debe ejercer los controles previos, preventivos y posteriores, establecidos tanto en la Constitución Política así como en las leyes que rigen nuestras competencias”, destacó la contralora general de la República, Marta Acosta Zúñiga tras trascender el fallo.

Casa Presidencial no se pronunció a lo dispuesto por los magistrados.

El lunes 22 de julio, durante una gira por Guanacaste, el mandatario no descartó manifestaciones públicas ante un fallo adverso.

“Yo, más bien, me quedaría calladito, en lo político y liderazgo, para ver qué dice el pueblo”, dijo en una entrevista televisiva. 

“El pueblo –añadió– puede jugar de lo que yo llamo ‘véame la cara de pendejo, pendejo’; pendejo dos veces: pendejo a la mexicana, me vieron la cara de tonto; pendejo a la tica, me vieron la cara de cobarde. El pueblo puede decir: ‘nos vamos a ir a manifestar a la calle’”.

Esta noche guardó silencio.

Respuesta ante consulta TSE

Adjunto la decisión de la Sala IV comunicada a las 7:06 p.m., tras una jornada entera de deliberación y votación.

Sala Constitucional evacúa consulta presentada por el TSE y resultan inconstitucionales los artículos 2,3,4,5 de la Ley Jaguar

Los magistrados encontraron vicios de constitucionalidad en todos los artículos consultados.

a.-) Por mayoría, el artículo 2 resulta inconstitucional en su totalidad. Los magistrados Castillo Víquez, Salazar Alvarado y la magistrada Garro Vargas salvan parcialmente el voto y declaran inconstitucional la norma solo respecto de la supresión de la competencia de garantizar la eficiencia en el manejo de los fondos públicos.

b.-) Por mayoría, el artículo 3 resulta inconstitucional, salvo respecto de los verbos “sustituir” y “abarcar”, en el tanto la Contraloría General de la República no ejerce funciones de Administración activa. Los magistrados Castillo Víquez, Salazar Alvarado y la magistrada Garro Vargas salvan parcialmente el voto y acotan tal inconstitucionalidad únicamente respecto del ejercicio del control
de legalidad y eficiencia de los fondos públicos.

c.-) Por unanimidad, el artículo 4 resulta inconstitucional. Los magistrados Castillo Víquez, Salazar Alvarado y la magistrada Garro Vargas consignan razones diferentes.

d.-) Por mayoría, el artículo 5 resulta inconstitucional en su totalidad. Los magistrados Castillo Víquez, Salazar Alvarado y la magistrada Garro Vargas salvan parcialmente el voto y acotan tal inconstitucionalidad únicamente a la medida cautelar de suspensión de la ejecución de actos y
contratos directamente vinculados al manejo de los fondos públicos.

e.-) Los magistrados Castillo Víquez, Rueda Leal y Salazar Alvarado consignan nota conjunta.

f.-) Los magistrados Castillo Víquez, Rueda Leal, Salazar Alvarado, Araya García y la magistrada Garro Vargas consignan notas separadas.

La sentencia integral de este expediente está en redacción. Una vez que dicho proceso concluya y se notifique a las partes, se procederá a publicarla en el sitio electrónico del Poder Judicial, Nexus, para que cualquier persona interesada puede acceder a ella.

A continuación, se detallan los aspectos más relevantes disponibles.

Número de expediente: 24-017291-0007-CO

Número de resolución: 2024-21375

Fecha de la votación: 29 de julio de 2024

Por tanto: Se evacúa la consulta de constitucionalidad del proyecto de ley que se tramita en el expediente legislativo n.° 24.364, denominado “Ley Jaguar para impulsar el desarrollo de Costa Rica”, en el siguiente sentido:

a.-) Por mayoría, el artículo 2 resulta inconstitucional en su totalidad.

Los magistrados Castillo Víquez, Salazar Alvarado y la magistrada Garro Vargas salvan parcialmente el voto y declaran inconstitucional
la norma solo respecto de la supresión de la competencia de garantizar la eficiencia en el manejo de los fondos públicos.

b.-) Por mayoría, el artículo 3 resulta inconstitucional, salvo respecto de los verbos “sustituir” y “abarcar”, en el tanto la Contraloría General
de la República no ejerce funciones de Administración activa. Los magistrados Castillo Víquez, Salazar Alvarado y la magistrada Garro Vargas salvan parcialmente el voto y acotan tal inconstitucionalidad únicamente respecto del ejercicio del control de legalidad y eficiencia
de los fondos públicos.

c.-) Por unanimidad, el artículo 4 resulta inconstitucional. 

Los magistrados Castillo Víquez, Salazar Alvarado y la magistrada Garro Vargas consignan razones diferentes.

d.-) Por mayoría, el artículo 5 resulta inconstitucional en su totalidad.

Los magistrados Castillo Víquez, Salazar Alvarado y la magistrada Garro Vargas salvan parcialmente el voto y acotan tal inconstitucionalidad únicamente a la medida cautelar de suspensión de la ejecución de actos y contratos directamente vinculados al manejo de los fondos públicos.

e.-) Los magistrados Castillo Víquez, Rueda Leal y Salazar Alvarado consignan nota conjunta.

f.-) Los magistrados Castillo Víquez, Rueda Leal, Salazar Alvarado, Araya García y la magistrada Garro Vargas consignan notas separadas.
Notifíquese esta resolución al Tribunal Supremo de Elecciones.-

Conformación del Tribunal:

Magistrados: Fernando Castillo Víquez (presidente), Paul Rueda Leal, Luis Fernando Salazar Alvarado, Jorge Araya García, Anamari Garro
Vargas e Ingrid Hess Herrera y la magistrada suplente Alexandra Alvarado Paniagua.

Contralora General destaca que cumple con la legalidad y la ética

La contralora general de la República, Marta Acosta Zúñiga, objeto de ataques por parte del presidente Chaves y el sector gobierno, en discrepancia por su labor fiscalizadora, se mostró satisfecha con el fallo de la Sala Constitucional.

“Nos satisface la decisión de la Sala Constitucional sobre las competencias de fiscalización con las que la Contraloría debe ejercer los controles previos, preventivos y posteriores, establecidos tanto en la Constitución Política así como en las leyes que rigen nuestras competencias”, aseveró. 

“Hemos cumplido con seriedad nuestro rol en el pasado, lo hacemos en el presente, y lo seguiremos haciendo a futuro, cumpliendo con el principio de legalidad, la ética y las buenas prácticas nacionales e internacionales”, afirmó. 

“Los ciudadanos pueden tener garantía de que las actuaciones de la institución siempre pueden ser revisadas en instancias judiciales, como en un Estado Democrático de Derecho corresponde”, dijo.